30/08/2021 - 18:15h - Publicado por a.alex_hg
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AUTO: La primera copia en sentido cronológico frente a la primera copia con fuerza ejecutiva
RESUMEN
"Actualmente las primeras copias se libran sin valor ejecutivo, y solo en el caso de que el acreedor tenga la necesidad de ejecutar, podrá solicitar al Notario que se le expida la correspondiente copia con valor ejecutivo"
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
AUTO 214/2019 AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
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